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DUMPING Y SUBVENCIONES

La legislación de la República Argentina provee de mecanismos de resguardo a los productores nacionales contra prácticas desleales de comercio internacional.

En septiembre de 1992, por medio de la Ley N° 24.176, la República Argentina retificó los Acuerdos sobre Dumping y Subvenciones y Derechos Compensatorios, alcanzados en la Ronda Tokio, que establecieron una disciplina multilateral para la aplicación de medidas antidumping y derechos compensatorios.

En diciembre de 1994, por medio de la Ley N° 24.425, la República Argentina adhirió al Acuerdos al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio alcanzado en la Ronda Uruguay (GATT -sigla en inglés de General Agreement on Tariffs and Trade - de 1994) en el cual se introdujeron nuevos textos referidos al dumping, las subvenciones y los derechos compensatorios.

Con fecha 13 de noviembre de 1998 se dictó el Decreto N° 1326/98 que reglamentó la Ley 24.425, el que comenzó a aplicarse para las investigaciones y exámenes de medidas existentes, iniciados como consecuencia de solicitudes que se hubieran presentado desde la fecha de su entrada en vigor, el 4 de diciembre de 1998.

El 2 de setiembre de 2008, con el fin de agilizar la tramitación de los procedimientos por prácticas de comercio desleal, se dictó el Decreto Nº 1393/2008 que derogó el Decreto Nº 1326/98 y que reglamenta las investigaciones y exámenes de medidas existentes, iniciados como consecuencia de solicitudes que se hubieran presentado desde la fecha de entrada en vigor, el 24 de setiembre de 2008. Las investigaciones y los exámenes de medidas vigentes presentadas bajo el amparo del Decreto Nº 1326/98, se regirán por dicho Decreto hasta la conclusión de los mismos.

La Ley 24.425, el Decreto N° 766/94 y el Decreto N° 1393/08 constituyen la normativa específica en materia de dumping, subvenciones y derechos compensatorios. Asimismo, el procedimiento se regirá supletoriamente por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991 siempre y cuando no estén en contraposición con los principios que rigen la materia específica.

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